LA
LEY DE ALTERNANCIA FUNCIONAL :
Es la ley principal que regula
el desarrollo psicológico del niño. Plantea que las actividades del niño, unas
veces se dirigen a la construcción de su individualidad y otras al
establecimiento de relaciones con los otros; alternándose la orientación
progresivamente en cada estadio.
LA
LEY DE PREPONDERANCIA E INTEGRACIÓN FUNCIONAL:
Consiste en que no existe ni ruptura, ni continuidad funcional en la
transición de un estadio a otro. De este modo, las funciones antiguas no
desaparecen sino que se integran con las nuevas.
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